El 2021 nos trae novedades legislativas en materia fiscal. Os ofrecemos aquí unas pinceladas y quedamos a su disposición para cualquier ampliación.
La principal novedad se refiere a los planes de pensiones, ya que baja a 2.000 euros el límite de las aportaciones desgravables en la base del IRPF. Así, quien aporte más de esta cantidad, sólo podrá deducir los 2.000 euros y, además, seguirá sin poder disponer de la totalidad del depósito, salvo en los casos ya conocidos de jubilación, incapacidad, desempleo de más de dos años o muerte. Y, presumiblemente, cuando los rescate deberá tributar nuevamente como rendimiento del trabajo.
El tipo aplicable a la base general del IRPF superior a 300.000 euros sube un 2% (del 48 a 50).
Se crea un nuevo tramo en la base del ahorro del IRPF
a. De 0 a 6.000 al 19%
b. De 6.001 a 50.000 al 21%
c. De 50.001 a 200.000 al 23%
d. NOVEDAD: +200.000 al 26%
El tipo impositivo en el IVA de la venta de bebidas azucaradas en tienda pasa del 10 al 21%. No afecta al consumo hecho en bares.
Por otra parte, en la lucha contra el fraude, el límite de pagos en efectivo baja de 2.500 a 1.000 euros, cuando una de las partes es empresa o profesional. Entre particulares, se mantiene en estos 2.500 euros.
En esta línea de continuidad, se incluye la prórroga de la vigencia del artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en el que se regula el Plan MECUIDA y que sustancia el derecho a flexibilizar la jornada laboral para ejercer el cuidado de las personas dependientes.